Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previo informe de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y expansión de este Vivo Decreto, Figuraí como para las adaptaciones de carácter estrictamente técnico de sus anexos en https://ferdinande258ajh3.theideasblog.com/profile